miércoles, 30 de mayo de 2007

Impuesto Sobre la Renta en materia de Retenciones

Retener significa detraer de una suma de dinero perteneciente a un contribuyente (con el cual se encuentra en contacto el agente de retención) un determinado importe de tributos. De lo que necesariamente debe concluirse que para que proceda la retención necesariamente debe existir un pago o un abono en cuenta realizada por una persona que funge como agente de retención por una prestación de servicios de la cual deviene un enriquecimiento para el contribuyente prestador del mismo

Los agentes de retención según el Código Orgánico Tributario lo define como las personas destinadas por la ley o por la administración tributaria, que por sus funciones publicas o por razón de su actividad privada, participen en actos o operaciones donde deban efectuar retención o percepción del tributo correspondiente.

Retención Total: Aquella que se aplica sobre el 100% del enrique­cimiento, o bien sobre un sólo pago, en donde el mismo soporta toda la carga tributaria.
Retención Parcial: Aquella que se manifiesta y calcula periódica­mente con cada uno de los pagos efectuados a un contribuyente.

Retención Acumulativa: Aquella que procede generalmente sobre las cancelaciones que se efectúan a sujetos no residentes o no domiciliados en el país, sobre la base de adiciones a los pagos y descuentos de los impuestos retenidos, a fin de lograr un anticipo exactamente proporcional al que se debe obtener en un sol
o pago.

¿Quiénes son agentes de retención?

Son agentes de retención o de percepción, las entidades de derecho público, los fondos de inversión, los fondos de valores, los fondos de pensiones de jubilación e invalidez, los consorcios, las comunidades organizadas, las uniones temporales y las demás personas naturales o jurídicas, sucesiones ilíquidas y sociedades de hecho, que por sus funciones intervengan en actos u operaciones en los cuales deben, por expresa disposición legal, efectuar la retención o percepción del tributo correspondiente. En síntesis todas las personas jurídicas y algunas personas naturales.

Los agentes de retención están obligados a entregar a los contribuyentes, un comprobante por cada retención de impuesto que les practiquen en el cual se indique, entre otra información, el monto de lo pagado o abonado en cuenta y la cantidad retenida.

Los agentes de retención estarán obligados a suministrar a la Administración Tributaria, la información relativa a los contribuyentes a quienes estén obligados a retener el impuesto, conforme a lo establecido en la ley, en la forma, plazos y condiciones establecidas por la Administración Tributaria, los cuales serán publicados en la Gaceta Oficial.

¿Cuáles son los pagos sujetos a retención?

La Ley de Impuesto sobre la Renta establece los pagos sujetos a retención, con indicación de la persona que la realiza, así como la obligación de hacer la retención del Impuesto en el momento del pago o del abono en cuenta, y enterarlo en una Oficina receptora de Fondos Nacionales en los plazos que establezca la ley y su reglamento. Para mayor información sobre las retenciones de Impuesto sobre la Renta.

En los casos de personas naturales residentes en el país, la retención del impuesto sólo procederá si el beneficiario de las remuneraciones obtiene o estima obtener, de uno o más deudores o pagadores, un total anual que exceda de mil unidades tributarias (1.000 U.T.).

Dentro de las responsabilidades de los Agentes de Retención se encuentran:

1.- Retener los tributos correspondientes en el
momento del pago o del abono en cuenta.

2.- Enterar los tributos retenidos dentro de los plazos establecidos en la Ley y en su reglamento.

3.- Entregar a los contribuyentes un comprobante por cada retensión de impuesto que les practiquen, en el cual deberán indicar el monto de lo pagado o abonado en cuenta y el monto de lo retenido.

4.- Presentar ante la Oficina de la Administración Tributaria de su domicilio, dentro de los dos (2) primeros meses del ejercicio fiscal una re
lación con la identificación de las personas objeto de retención, las cantidades pagadas y los impuestos retenidos durante el año anterior.

5.- Entregar a los beneficiarios, dentro del mes de Enero de cada año, una relación del total de las cantidades pagadas o abonadas en cuenta y de los impuestos retenidos en el ejercicio.

6.- Revisar la información contenida en el formulario AR-1 y notificar al beneficiario de las remuneraciones, de los errores encontrados en dicho formulario.

7.- Determinar el porcentaje de retenc
ión aplicable a los sueldos, cuando el beneficiario de los mismos no cumpla con la obligación de notificarlo.

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